Reconocen “legítima defensa” a reacción de hombre a quien su pareja le inspeccionó el celular
Una fuerte polémica desata en todo Colombia, el fallo judicial que determinó el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que reconoce como “legítima defensa” la agresión que le hizo un hombre a su pareja. En la ponencia del magistrado Jaime Andrés Velasco, se reconoce que el hombre implicado obró en legítima protección de un bien jurídico tutelado, luego de que agrediera a su esposa por revisarle el celular.
“No todo episodio de desavenencia, discusión o agresión al interior de una pareja o de una unidad doméstica debe ser catalogado objetiva y automáticamente como una violencia intrafamiliar, pues siempre deberá analizarse tanto el contexto como la magnitud del mismo frente al ámbito de protección del bien jurídico tutelado. Lo contrario, sería caer en la inaceptable responsabilidad objetiva, en contravía de lo dispuesto en el artículo 9º del CP, y olvidando que el derecho penal es la última ratio”, señala el documento.
El fallo asegura que el hombre denunciado por agredir a su pareja en esa situación actuó en legítima protección de un bien jurídico tutelado con rango de derecho fundamental, el cual es la intimidad, ya que se vio en riesgo inminente de vulneración por parte de su excompañera sentimental.
En suma, para el fallo del tribunal bogotano, la perspectiva de género no implica el detrimento de garantías como el derecho a la intimidad.