¿Qué pasa con la cultura en Chía?
Casa de la Cultura de Chía Alberto Lleras Camargo
Por: Valentina Montero Triviño
La Constitución Política define a Colombia en su artículo primero como un Estado Social de Derecho, aquel que acepta e incorpora al orden jurídico los derechos sociales fundamentales junto a los clásicos derechos políticos y civiles. Fue este uno de los mayores aportes que brindó el nuevo orden constitucional, al reconocer los denominados derechos de segunda generación: económicos, sociales y culturales (DESC).
Precisamente, se empieza a hablar de una nación con derechos culturales consagrados especialmente en los artículos 70, 71 y 72 de la Constitución Política de Colombia, al indicar el deber del Estado de fomentar el acceso a la cultura, en todas sus manifestaciones, para sus ciudadanos. Lo anterior, marcó un hito fundamental en la construcción de un nuevo modelo de país, ya que trazó una ruta de legislación: desde el orden nacional con la expedición de la Ley General de Cultura (Ley 397 de 1997), hasta el orden municipal con la creación de Acuerdos.
En el Municipio de Chía-Cundinamarca, el Acuerdo que permitió institucionalizar e iniciar un proceso pedagógico alrededor del arte y la cultura fue el número 55 de 2014 y el Acuerdo 83 reafirmó la importancia de los procesos pedagógicos como un eje central para el desarrollo cultural. Gracias a estas regulaciones fue posible materializar y avanzar en la educación artística y cultural para los chienses. Sin embargo, a pesar de la realización de estos avances legislativos, el proceso de fomento cultural, pedagógico y formativo de la Casa de la Cultura Alberto Lleras Camargo se ha detenido, debido a los retrasos contractuales presentados en el año 2020.
En general, durante ese año el mayor número de contratos formalizados fueron realizados en el mes de junio, situación que ocasionó no solo una parálisis en áreas como patrimonio, procesos de formación artísticos, biblioteca y en general del fomento de la cultura en el municipio, sino que vulneró las garantías para el acceso y disfrute de los derechos culturales de los chienses en medio de un confinamiento; para el cual se demostró que las actividades artísticas y culturales fueron el soporte de estabilidad mental de las personas, y esto sin mencionar la afectación económica que sufrieron los contratistas en medio de la mayor crisis financiera del mundo.
Precisamente, los retos que trajo la pandemia al sector público no pueden ser usados como excusa, pues Cajicá un municipio similar a la Ciudad de la Luna continuó sus procesos de desarrollo cultural, pero ¿cómo lo logró? Bueno, el vecino cuenta con una entidad dotada de autonomía administrativa, técnica y presupuestal, esta es el Instituto Municipal De Cultura y Turismo de Cajicá. En contraste, Chía carece de una entidad con estas características, pues la Dirección de Cultura hoy día es un apéndice de la Secretaría de Desarrollo Social, lo que dificulta la eficiencia en procesos administrativos como la contratación.
Chía un municipio de primera categoría no parece serlo en el desarrollo cultural, pues la dignificación del arte se quedó en el papel y más bien los profundos atrasados en materia administrativa han obstaculizado el potencial del sector. La modernización institucional de la cultura para el municipio más que una obligación, es una necesidad que año tras año los tomadores de decisiones han ignorado.